sábado, 8 de junio de 2013

Todo certificación energética

Resulta espectacular la magnitud que ha alcanzado la desinformación sobre la eficiencia energética de los edificios. La normativa sobre certificación energética de edificios existentes con anterioridad a la obligación establecida con la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación en España y la atención que los medios de comunicación han prestado al asunto ha provocado que el tema salte definitivamente a la calle y sea objeto de debate habitual tanto sobre la barra de los bares como en los foros profesionales.




Cuando una norma irrumpe de golpe sobre la sociedad sin un periodo transitorio de implantación y adecuación paulatino es lógico esperar que se generen algunos bulos que se propaguen de forma exponencial como bolas de nieve rodando ladera abajo. Sin embargo, lo que ha ocurrido con el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios alcanza cotas inesperadas, en especial lo que afecta a las obligaciones implementadas para las edificaciones preexistentes. Y no sorprende lo que se ha escuchado a los profanos, sino lo que se ha oído acercando la oreja a foros del sector e incluso en algunos medios de comunicación bajo el auspicio de la entrevista a algún representante público.
Este es uno de los motivos por los que hemos creado este portal. Queremos pinchar algunos de estos globos de nieve. En realidad no se trata de tener excesivos conocimientos técnicos, sino de poner algo de cordura y leer los cuatro párrafos de la normativa aplicable pues, al contrario de que lo que suele ocurrir, la legislación de eficiencia y certificación energética no tiene una lingüística especialmente ambigua y normalmente será necesario solamente entender y aplicar lo que está escrito.

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